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Derechos reales

2020 - Ediciones Olejnik

384 p.

El Derecho de cosas tiene su sede en el Código civil. Mas, en cuanto representaban un marco que encuadrara todo el Derecho de cosas, han sido desbordados al correr de los tiempos. Son en especial los dos últimos decenios los que han hecho brotar una verdadera avalancha de nuevas leyes que se agolpan apresuradamente unas tras otras. Podríamos considerar este fenómeno como un inevitable estigma de nuestros tiempos. Pero por ello mismo, con más razón, debe ser tarea de todo jurista el inculcar, tanto en el joven que inicia sus estudios como en el juez y el abogado ya cargados de experiencia, un ideal de concentración o, dicho, en otros términos, de afirmación sobre una base sólida. Precisamente el Derecho de cosas ha de ser, y no debe dejar de ser, uno de los fundamentos de nuestra existencia, y con ello, al mismo tiempo, un elemento integrante de nuestra cultura.s W. Hedemann [Texto de la editorial].

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