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El sistema normativo arrendaticio inmobiliario

2022 - Ediciones Olejnik

338 p.

Tal y como se aprecia en este libro, la materia arrendaticia es de uso frecuente en la práctica forense, en los ámbitos civil y mercantil. Después del contrato de compraventa el contrato de arrendamiento de inmuebles, destinados especialmente a vivienda, ha sido señalado como el de mayor importancia por las implicaciones humanas, familiares, sociales, económicas y las consecuencias jurídicas que surgen.lí que, en el SISTEMA NORMATIVO ARRENDATICIO INMOBILIARIO, la interpretación arrendaticia como actividad u operación compleja, sea labor del jurista, la doctrina y la jurisprudencia. Es una operación necesaria para la aplicación de la norma jurídica, que se dirige a establecer si el caso específico está ciertamente previsto en el enunciado de la norma. Por esto el contenido del libro es mayormente interpretativo y para la aplicación práctica, y resultado de un razonamiento poco utilizado por la doctrina arrendaticia, lo que lo presenta como novedoso y de avanzada, con signos de apariencia polémica o controvers

ial. nterpretación y calificación del contrato de arrendamiento, como de cualquier otro contrato, ¿a qué se refiere? ¿Buscar la realidad material sobre la realidad formal? ¿Pretende desentrañar la naturaleza del contrato, que sea lo que el contrato es y no el que las partes calificaron como tal, con fundamento en el orden público de protección arrendaticia? recho Arrendaticio es tratado en este libro de manera especial, y la relación arrendaticia de la misma manera, más aún cuando esta puede verse afectada por el cambio de algunos de sus elementos estructurales, en orden a los sujetos intervinientes, tales como la sustitución del arrendador por otro, o del arrendatario por otro en la cesión del contrato o la subrogación arrendaticia. La continuidad de la relación arrendaticia en el mismo arrendador pero con arrendatario diferente como consecuencia de la muerte del primero, y viceversa (el heredero en uno y otro caso como continuador de las relaciones jurídicas activas y pasivas del causante); la incorpora

ció.

n por el arrendatario de un tercero en el uso y goce del inmueble arrendado sin que se sustituya a este (el subarrendamiento); la sustitución o cambio del arrendador como consecuencia de remate o venta del inmueble, en cuyas hipótesis el tercero adquirente asume la condición de arrendador; así como otras vicisitudes que pueden ocurrir durante la vigencia del contrato de arrendamiento. [Texto de la editorial].

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